HACE MAS DE 2000 AÑOS...

 

LA JUSTICIA

 

Los Jueces

En los tiempos bíblicos eran los cabezas de familia los que desempeñaban este papel; posteriormente y debido a la creciente organización de los clanes que componían las tribus fueron los ancianos en consejo quienes hicieron las veces de jueces.

Con la aparición de Moisés la judicatura se representa como única, era él quien pronunciaba las sentencias e instituía jueces tal y como nos cuenta la Biblia en su periplo por el desierto. Tras la llegada a Canaán, aunque nada preciso sabemos en esa época sobre el ordenamiento de las instancias, hemos de suponer, pese a la existencia de los jueces únicos, que hubo además gremios de ancianos como gremios judiciales, resolviendo los litigios que surgían. Así se entendería que hubieran podido imponerse en el período monárquico.

Con la monarquía el rey paso a ser el juez supremo. Y como los ancianos continuaban ejerciendo como jueces, la judicatura del monarca debió de ser algo así como la instancia suprema.

En tiempos de Jesús el cargo judicial había pasado ya a los consejos. Los pequeños sanedrines de las ciudades y aldeas, cada uno de ellos con 23 miembros, eran sin duda los sucesores de los antiguos tribunales de ancianos y estaban formados por escribas y doctores de la Ley. El gran sanedrín (gran consejo), representaba para aquellos tribunales urbanos una especie de autoridad de inspección. Sin embargo, el sistema no está del todo claro, en Judea el alto tribunal era también el supremo tribunal civil de la autoadministración judía, aunque fuese bajo un procurador romano, mientras que en otros territorios judíos sólo ejercía las funciones de tribunal religioso. Tal era el caso de Galilea, que pertenecía a Herodes Antipas, que naturalmente también era juez jurisdiccional de su territorio. En su función de tribunal religioso el derecho del gran consejo iba incluso más allá de los territorios judíos, como podemos deducir del envío del perseguidor de los cristianos Pablo a las sinagogas de Damasco. Ciertos casos delictivos también eran juzgados por la competente sinagoga local.

Cualquiera podía acudir directamente al tribunal. El acusador o el testigo de cargo era "el satán"; no había abogado, pero el acusado podía llevar consigo testigos de descargo. El tribunal tenía la obligación de buscar tales testigos de descargo, mediante proclama pública, hasta en el mismo lugar de la ejecución, cuando se trataba de un condenado a muerte.

Los testigos eran las personas más importantes delante del tribunal. Este pronunciaba su "culpable" o "inocente" apoyándose en las afirmaciones de los testigos. De ordinario el tribunal no imponía castigo, sino que se derivaba de la sentencia de culpabilidad, teniendo ya la ley establecidas las penas.

El satán

Era el acusador ante el tribunal. Su significado era el de "adversario", o el de alguien que crea dificultades a otro, lo persigue, se le enfrenta. Por ello en algún relato hasta se le llama "satán" al ángel de Yahveh. A partir de ese sentido amplísimo parece que la palabra fue adquiriendo poco a poco su acepción jurídica de "acusador", sin perder por lo demás su sentido general básico, derivando después el sentido religioso teológico del vocablo Satán: Satanás.

Cierto es que en el judaísmo, Satán es el adversario de Dios, pero carece de un poder propio y está sometido a Dios, como aparece sobre todo en el libro de Job. Sin embargo, con el paso del tiempo se le sintió cada vez más como un poder autónomo según certifican los apócrifos con frases como ésta: "El satán, el impulso malo y el ángel de la muerte son la misma cosa". Por lo demás, es de suponer que "satán" no es más que una persona simbólica, que permite presentar la imagen del juicio del hombre ante el tribunal de Dios.

Los testigos

En el testimonio descansaba el veredicto de culpabilidad contra un delincuente, sin que éste pudiera hacer valer en su favor ni aportar "circunstancias eximentes". No se conocía la figura de abogado. Tampoco se tenían en cuenta los elementos psicológicos en un acto; sólo contaban las declaraciones de los testigos de cargo o descargo. La importancia excepcional del testigo se hace patente en los diez mandamientos: "No darás contra tu prójimo falso testimonio".

Para evitar una falsa testificación, se exigían al menos dos testigos de cargo para un crimen condenado con la pena capital, sin que sus afirmaciones pudieran contradecirse en ningún punto. Al obligar al testigo a que en la ejecución por lapidación arrojase la primera piedra, se hacía hincapié en la responsabilidad que asumía. En el caso de ser convencido de falso testimonio, incurría según el principio jurídico de la compensación en la misma pena que habría correspondido al acusado falsamente del crimen imputado.

Sobre la base del testimonio emitido, el juez pronunciaba el veredicto de "culpable" o "inocente". La pena se aplicaba por sí misma, sin que el juez tuviera que precisarla en cada caso.

La pregunta a cerca de la verdad

La pregunta al acusado acerca de la verdad de los hechos, parece que fue un medio que se empleó desde la antigüedad para dilucidar un derecho y, más aún, para confirmar la sentencia pronunciada. La fórmula habitual era "Da gloria a Dios", lo que exigía del interpelado una conducta honrosa para Dios; es decir, una declaración conforme a la verdad. Con toda seguridad también hubo casos en que la pregunta acerca de la verdad no prosperó, por otra parte existía el convencimiento general de que en la mayor parte de los casos la verdad salía a la luz.

La venganza de sangre

La venganza de sangre era un acto punitivo legítimo contra un asesino. La sangre derramada violentamente "grita" y pide venganza al cielo, a Dios; es decir, reclamaba categóricamente un castigo. Por ello el derecho de represalia o ley del talión reclamaba que también el modo externo de castigo fuera similar al acto castigado.

Era un deber para el pariente más próximo del asesinado, era el vengador de sangre obligado, en una escala que iba desde el hijo, al hermano, el hermano del padre, el hijo del hermano el padre, etc. Esta obligación familiar de vengar la sangre podía además inducir fácilmente a la idea de que también la familia del asesino podía ser blanco de la venganza de sangre en el caso de que no se le pudiera echar mano al homicida.

La contención de este uso se inició en Israel con toda seguridad en la época de los primeros reyes aunque no desapareció hasta la llegada de los romanos a Palestina.

Las cárceles

No eran lugares en los que se cumpliera una pena, sino sitios de reclusión hasta el enjuiciamiento. A veces los castigos se imponían en una cárcel o antes de la misma, como en el caso en que se aplicaba el cepo, que se hacía antes del encarcelamiento. En ocasiones, el arresto carcelario se podía calificar de "custodia por motivos de seguridad", como fue el caso de Juan Bautista, Herodes Antipas quería impedir que continuase predicando y comprometiéndole de continuo.

En los pueblos nómadas se llamaba prisión a la custodia temporal. Para ello se servían de cisternas vacías o deterioradas.

La lapidación

Fue un instrumento de justicia espontánea, que luego quedó regulada con el desarrollo de los estatutos jurídicos.

Se realizaba fuera de la ciudad o aldea. El delincuente era precipitado desde un lugar elevado, y si no moría de la caída, se le remataba golpeándole con una piedra pesada en la región cardiaca. En los lugares llanos el condenado a menudo era cubierto con las piedras que se le arrojaban.

Los testigos de la condena arrojaban la primera piedra, terminando después la lapidación los ciudadanos de la ciudad agraviada por el crimen. A menudo también la tumba se cubría con un montón de piedras.

 
Fuentes - Historia de la Cultura en la Biblia
 

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